Días Feriados en Costa Rica
Se acerca la Semana Santa y como todos los años, recibimos consultas de nuestros clientes sobre el tema de los Feriados y su forma de pago. El tema es siempre de importancia, sobre todo porque en materia laboral el tema de la prescripción de derechos funciona de una manera que muchos patronos lamentablemente desconocen. En síntesis los derechos laborales prescriben al año pero, y este es el quid del asunto, ese año cuenta a partir del cese de la relación laboral , es decir a partir del despido o renuncia según se trate (art. 413 Código de Trabajo). Esto significa que si yo contraté un trabajador hace diez años y lo despido hoy, el colaborador puede reclamarme todos los extremos que no le pagué durante toda la relación laboral , desde el día 1 hasta el día de su despido. Típicamente vemos en las demandas laborales reclamos de horas extras, feriados, días de descanso no pagados, que dependiendo del caso y de la duración de la relación laboral, pueden significar mi